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Reglas de Operación 2022


ACUERDO número 41/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña para el ejercicio fiscal 2022, publicado el 30/12/2021.

    A partir de enero de 2020, las becas de Educación Superior que operaba la Secretaría de Educación Pública a través de la Coordinación Nacional de Becas (CNBES) pasan a formar parte del Programa Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, con el nombre Becas Elisa Acuña.

    Las Becas Elisa Acuña tienen como fin impulsar a quienes desean continuar su formación académica o profesionalización docente, hacer su servicio social, realizar estudios en el extranjero, e iniciar o concluir su titulación.

Modalidades.

    Las diversas modalidades de las Becas Elisa Acuña acompañan la trayectoria académica del estudiante desde que ingresa hasta que concluye su Educación Superior, considerando apoyos complementarios para realizar servicio social, titulación, movilidad nacional e internacional, capacitación y prácticas profesionales, incluida la profesionalización de docentes.

Los requisitos y montos de las becas se especifican en cada convocatoria que se publica.

Beca de Manutención.

    Entre las diferentes tipos de becas de Educación Superior que contempla el programa Elisa Acuña, se encuentra la de Manutención.

  • Dirigida a estudiantes inscritos en una Institución Pública de Educación Superior (IPES), provenientes de hogares cuyo ingreso sea igual o menor a la Línea de Bienestar vigente al momento de solicitar la beca.
  • Hijas/os de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, en activo, en situación de retiro, fallecidos en combate o incapacitados en 1a. o 2a. categoría en actos de servicio o a consecuencia de estos.

Resumen de las Reglas de Operación.

    El documento publicado y que contiene las RO, es un archivo PDF integrado por más de 650 hojas en donde se decriben los siguientes puntos: intorducción, objetivos, lineamiento, operación, auditoria, control y seguimiento, transparencia, quejas y denuncias y sus correspondientes anexos. Tanto el acuerdo como el documento (rubricado) que contiene las RO, se pueden consultar a través de los links correspondientes al final de esta entrada en la sección denominada fuentes de consulta.

    A continuación expongo un estracto de cada uno de los temas de las RO, que considero importante y de interés para los aspirantes a una beca del gobierno federal, principalmente la de manutención.

Acuerdo y fecha de entrada en vigor.

    El pasado 30 de diciembre de 2021, se publicó el ACUERDO número 41/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña para el ejericio fiscal 2022, las cuales entraron en vigor el día 1 de de enero de 2022.

1. Intorducción.

     El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, estructura las metas y objetivos nacionales con base en las siguientes líneas guía: 1. Política y Gobierno; 2. Política Social; y, 3 Economía. La línea guía "2. Política Social", engloba las acciones relacionadas con la prestación de servicios en beneficio de la población con el fin de favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar, y entre estos, a los servicios educativos. El Programa S243 "Programa de Becas Elisa Acuña" se encuentra alineado al Eje 2 "Política Social" del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, así como a los principios rectores del mismo, en cuyo marco se engloban las acciones relacionadas con la prestación de servicios educativos en beneficio de la población con el fin de favorecer su acceso a mejores niveles de bienestar.

    El 31 de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, quien tiene a su cargo programas de becas para educación básica, media superior y superior. Las becas que otorga tienen el objetivo de "fortalecer una educación inclusiva y equitativa, dirigida a la población que se encuentre en situación de pobreza o condiciones de vulnerabilidad".

    En México, las desigualdades sociales pueden repercutir en las posibilidades de los estudiantes que forman parte de los grupos vulnerables; sea para ingresar o concluir su educación, desde el nivel básico hasta el superior.

    Las poblaciones que han sido excluidas del sistema educativo o que se encuentran en mayor riesgo de abandonarlo, son las que históricamente han tenido condiciones de vulnerabilidad, que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema, así como las que se encuentran en las áreas o regiones cuya población registra índices de pobreza y marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo.

    La mitad de la población joven del país (50.6%) tiene un ingreso inferior a la línea de bienestar, lo que implica que sus ingresos mensuales no le permiten cubrir el valor de una canasta alimentaria. más bienes y servicios básicos, lo que incluye, además, comida, transporte público, educación, cultura y recreación, cuidados de la salud, entre otros elementos esenciales.'' 

    En México la asignación de becas se ha concentrado en los deciles de ingreso más altos, mientras que los porcentajes más bajos de asignación se han ubicado en los deciles I al IV, mismos que corresponden a la población que tiene mayores dificultades económicas para asistir o permanecer en el plantel educativo.ª Sólo cinco de cada 100 jóvenes del decil más bajo de ingreso han tenido acceso a una beca pública, en contraste con 60 de cada 100 en el decil de mayores ingresos. 9 De esta manera, parece ser que las becas no han ayudado o lo han hecho de forma muy limitada, a la población que más lo requiere y tiene mayores probabilidades de abandonar sus estudios, con menor probabilidad de mantener un buen promedio, así como que demorará más en terminar sus estudios y enfrentará mayores obstáculos para su adecuado desarrollo personal.

    Los efectos de la desigualdad social se visibilizan con mayor fuerza en el acceso a la universidad, pero se expresan desde los estudios previos, así como durante la permanencia de los jóvenes en la educación superior y, ya como egresados, en los mercados laborales.

    Como resultado de lo anterior, se configura el incumplimiento del derecho a la educación, que a su vez, tiene que ver con los bajos niveles de egreso y titulación; y esto, al mismo tiempo, reproduce una baja calidad educativa que se caracteriza por generar egresados con conocimientos mínimos, lo que deviene en una limitada inclusión en el mercado laboral, en la que los principales problemas para lograr la inserción serán la falta de experiencia y la poca vinculación de los programas educativos con la oferta laboral.

    La importancia del otorgamiento de becas radica en tratarse de una estrategia que permite compensar las carencias de la población de escasos recursos, evitando que las y los estudiantes abandonen su educación, promoviendo así la equidad en el ámbito educativo, impulsando una mayor inclusión educativa y, a futuro, en el mercado laboral. 

    Con base en lo anterior, puede considerarse que se consolidará con el fortalecimiento de las capacidades tanto de los estudiantes como del personal docente para la enseñanza, la investigación científica y tecnológica, la difusión del conocimiento y el uso de nuevas tecnologías, todo lo cual coadyuvará a desarrollar el potencial humano de las y los mexicanos, garantizar la inclusión y la equidad en el sistema educativo y ampliar el acceso a la cultura como un medio para la formación integral de la ciudadanía. 

    Este programa es una iniciativa del Gobierno de México que tiene como objetivo coadyuvar a que alumnos/as, egresados/as, personal académico y/o docente de los tipos educativos básico, medio superior y superior logren el acceso, la permanencia, egreso y/o la superación académica e investigación en el Sistema Educativo Nacional mediante una beca.

2. Objetivos.

2.1 General.

Lograr que los/las alumnos/as, egresados/as y/o personal docente, y profesores/as - investigadores/as, investigadores/as y/o personal con funciones de dirección (directores/as) de instituciones de educación básica, media superior y/o superior del Sistema Educativo Nacional permanezcan, egresen, realicen su servicio social, prácticas profesionales, educación dual, alcancen la superación académica, se capaciten y/o realicen investigación, mediante una beca. 

2.2 Específicos.

Otorgar becas para: 

  1. Contribuir a la permanencia y egreso de niñas y adolescentes en contexto de vulnerabilidad, agravada por el embarazo y la maternidad temprana de entre 12 y 18 años de edad, para el acceso, permanencia y conclusión de su educación básica. 
  2. Contribuir a la permanencia, egreso, continuación de estudios y/o el desarrollo de las actividades académicas, culturales y/o deportivas de los/las alumnos/as de Instituciones de Educación Media Superior o de Educación Superior del / Sistema Educativo Nacional. 
  3. Contribuir a la obtención del servicio social, capacitación o grado académico correspondiente mediante el otorgamiento de becas para los/as alumnos/as y/o egresados/as hasta con dos años de antigüedad provenientes de Instituciones Públicas de Educación Media Superior o de Educación Superior. 
  4. Contribuir a fortalecer la formación académica de los/as alumnos/as mediante el desarrollo de proyectos vinculados al sector productivo, brindándoles la oportunidad de adquirir las capacidades prácticas, teóricas y metodológicas para el emprendimiento e inserción laboral, mediante el otorgamiento de becas para los/as alumnos de Instituciones Públicas de Educación Media Superior o de Educación Superior. 
  5. Contribuir a consolidar el Sistema de Educación Dual que permita desarrollar en los/as alumnos/as las habilidades pertinentes y ofrecer opciones de incorporación al mercado de trabajo, mediante el otorgamiento de becas para los/as alumnos/as de Instituciones Públicas de Educación Media Superior o de Educación Superior. 
  6. Fomentar vocaciones, aprendizajes significativos, competencias o impulsar el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas en los/as alumnos/as de Educación Media Superior y Educación Superior y, egresados/as cuando así lo señale la convocatoria correspondiente. 
  7. Contribuir a la formación profesional y superación académica del personal académico, personal académico - investigador, investigadores/as, personal con funciones de dirección, y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Básica, Media Superior y de Educación Superior. 
  8. Fortalecer la formación académica y profesional de los/las egresados/as del Sistema Educativo Nacional.

3. Lineamiento.

3.1. Cobertura 

El Programa tiene cobertura nacional con base en la suficiencia y disponibilidad presupuestaria autorizada por la SHCP. 

3.2. Población objetivo 

Subconjunto de actores del SEN que participan en el proceso de asignación de becas, por cualquiera de los dos mecanismos, y que cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en las Reglas de Operación vigentes, convocatorias y/o instrumentos jurídicos emitidos para normar la asignación de becas.

3.3. Beneficiarios/as 

3.3.1. Requisitos 

Los requisitos para que una persona pueda acceder a las becas del Programa y que son comunes a todas las Instancias Ejecutoras del mismo son: En cualquier caso: 

i. No recibir, de manera simultánea, otra beca para el mismo fin otorgado por alguna dependencia o entidad de la APF. 

• Con excepción de las beneficiarias de la Beca de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas a las que se refiere en el anexo 1.xiii.a. de estas RO. 

Alumnos/as 

• Ser alumno/a inscrito en el ciclo escolar vigente o en algún curso propedéutico en alguna IEB, IEMS o IES del SEN, con excepción de: 

• Las becas para participantes de la UAM pueden ser solicitadas por alumnos de IES nacionales y del extranjero, de acuerdo a las convocatorias de movilidad correspondientes. 

ii. No haber concluido estudios del nivel educativo al que aplica ni contar con un certificado de ese tipo educativo, con excepción de: 

o Las becas en las que participa la CNBBBJ. 

o Las becas en las que participa la DGPEMPC.

Egresados/as 

i. Ser egresado/a de alguna IPEMS o IPES y no tener más de dos años en esa condición, con excepción de las becas en las que participa la DGPEMPC. 

Personal académico, personal profesor - investigador, investigadores/as, personal con funciones de dirección, y/o docente. 

i. Durante el ejercicio fiscal, estar adscrito/a y vigente en algún servicio educativo de EB, EMS, ES o EP de cualquier modalidad educativa en una IPEB, IPEMS o IPES.

En cada convocatoria, se podrán establecer los requisitos específicos necesarios para el debido cumplimiento del programa para el que se otorgue la beca.

3.3.2. Procedimiento de selección 

Los criterios de priorización que las Instancias Ejecutoras utilizarán en el procedimiento para la selección de la población beneficiaria del Programa son los siguientes. 

A nivel persona: 

  • Ser mujer indígena o afromexicano/a, por autoadscripción. 
  • Ser varón indígena o afromexicano/a, por autoadscripción. 
  • Ser madre adolescente, adolescente embarazada y tener entre 12 y 18 años de edad.
  • Ser una persona con discapacidad. 
A nivel plantel educativo: 

Planteles Educativos ubicados en:

    • Localidades o municipios indígenas.
    • Localidades o municipios de alta o muy alta marginación. 

4. Operación.

4.1 Proceso. 

    A continuación, se presenta el proceso de operación que sigue cada Instancia Ejecutora que participa en el Programa en el siguiente orden: 

i. Coordinación Nacional.

    Únicamente se muestra el proceso de operación de la Coordinación Nacional de Becas, este proceso completo y los procesos de las demás instancias ejecutoras se puede consultar el documento de las Reglas de Operación, en el apartado de fuentes de consulta.

5. Auditoria, control y seguimiento.

    Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de aplicación, ejecución, fiscalización, transparencia y rendición de cuentas, por lo tanto podrán ser revisados y auditados por la SFP o instancia fiscalizadora correspondiente que se determine, por el Órgano Interno de Control en la SEP, el órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional y/o auditores independientes contratados para dicho fin, en coordinación con los Órganos Locales de Control, por la SHCP, por la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. 

    La AEL deberá llevar un control estricto para la operación y administración del Programa, para prevenir la materialización de riesgos por incumplimiento en la normatividad aplicable, por tal motivo se promoverá que, en los Comités de Becas y/o su equivalente en las Instancias ejecutoras del Programa, se integren cuando aplique representantes de las Delegaciones Federales de la SEP y el OIC o equivalente. 

    Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas hasta su total solventación. 

6. Evaluación.

6.1. Interna. 

    La Coordinación Nacional, el CETI, el CINVESTAV, COFAA - IPN, el COLMEX, la DGPEMPC, el IPN, la SEMS, la UAAAN, la UAM, la UNAM y la UPN podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen. Asimismo, se deberán incorporar indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los programas presupuestarios en el abatimiento de las brechas entre mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y de cualquier forma de discriminación basada en el género, discapacidad, origen étnico, u otras formas. 

6.2. Externa 

    La Dirección General de Análisis y Diagnóstico del Aprovechamiento Educativo es la unidad administrativa ajena a la operación de los Programas que, en coordinación con la Coordinación Nacional, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el PEF para el ejercicio fiscal 2022, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación. Dicha evaluación deberá incorporar la perspectiva de género. 

7. Transparencia.

7.1. Difusión

    En la operación del programa, se deberán atender las disposiciones aplicables en materia de transparencia y protección de datos personales establecidas por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley General de Protección de Datos personales en Posesión de Sujetos Obligados y la normatividad que éstas deriva.

    Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos. se dará amplia difusión al Programa a nivel nacional. y se promoverán acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciada/o y sancionada/o de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. 

    Asimismo, se deberán difundir todas aquellas medidas que contribuyen a promover el acceso igualitario entre mujeres y hombres a los beneficios del programa. 

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Coordinación Nacional, el CETI, CINVESTAV, COFAA - IPN, COLMEX, DGPEMPC, IPN, SEMS, UAAAN, UAM, UNAM y la UPN tendrán la obligación de publicar y mantener actualizada la información relativa a los programas de subsidios.

7 .2. Contraloría social 

    La Contraloría Social implica actividades de monitoreo y vigilancia sobre el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.

    Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana que contribuyan con la prevención y combate a la corrupción, las personas beneficiarias de programas federales de desarrollo social, de manera libre y voluntaria, podrán llevar a cabo actividades de contraloría social de manera individual o colectiva.

    Se reconoce y fomenta la participación de las comunidades educativas indígenas y afromexicanas, a través de sus autoridades tradicionales, para llevar a cabo acciones de contraloría social en los programas que impactan en su territorio.

    Para registrar un Comité de Contraloría Social, se presentará un escrito libre ante la unidad responsable o entidad de la Administración Pública Federal a cargo del Programa. donde como mínimo, se especificará el Programa a vigilar, el nombre y datos de contacto de la(s) persona(s) que lo integrarán y la ubicación geográfica de las mismas (localidad, código postal y entidad federativa). La Secretaría de la Función Pública asistirá y orientará a las personas interesadas en conformar Comités a través de la cuenta: contraloriasocial@funcionpublica. gob. mx 

La Unidad Responsable del Programa otorgará el registro de Contraloría Social en un plazo no mayor a 15 días hábiles, y, junto con las instancias ejecutoras respectivas, brindarán la información pública necesaria para llevar a cabo sus actividades, así como asesoría, capacitación, y orientación sobre los medios para presentar quejas y denuncias. 

    La Unidad Responsable deberá sujetarse a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública y a los documentos normativos validados por la misma. 

    La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los procedimientos anteriormente descritos, asesorará y resolverá cualquier duda o situación imprevista para garantizar el derecho de las personas beneficiarias a llevar a cabo actividades de Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.

8. Quejas y denuncias.

    La o el beneficiario y la ciudadanía en general, podrán presentar sus quejas o denuncias con respecto a la ejecución de las presentes RO de manera personal, escrita o por Internet:

i. Coordinación Nacional.


9. Anexos.

Anexo 1. Flujograma del procedimiento para la selección de la población beneficiaria. Se incluyen los anexos correspondientes a las 13 instancias ejecutoras. (DOF 2022, p.353)

Anexo 2.i.b. Modelo de convocatoria. Se incluyen los anexos correspondientes a las 13 instancias ejecutoras. (DOF 2022, p.324)

Recursos:



Conclusión.



Cómo citar este artículo:

García, I. (2022)  Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña para el ejercicio fiscal 2022. Recuperado de Becas-Manutención, disponible en: https://beca-manutencion.blogspot.com/2022/01/reglas-de-operacion-2022.html


Fuentes:

CNBBBJ (2020) Programa de Becas Elisa Acuña. Recuperado de Becas Benito Juárez. disponible en: https://www.gob.mx/becasbenitojuarez/articulos/becas-elisa-acuna/

DOF: 30/12/2021. ACUERDO número 41/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña para el ejercicio fiscal 2022. Recuperado de Periódico Oficial de la Federación. disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639870&fecha=30/12/2021

DOF(2022) Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña para el ejercicio fiscal 2022. Recuperado de Periódico Oficial de la Federación. disponible en: http://www.dof.gob.mx/2021/SEP/ANEXO_DEL_ACUERDO_41_12_21.pdf


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